El Ingreso Mínimo Vital (IMV) se erige como una medida fundamental de la Seguridad Social en España, diseñada para proporcionar un nivel básico de ingresos a quienes se encuentran en situaciones de vulnerabilidad económica. Este programa tiene como objetivo primordial garantizar la inclusión social y laboral de sus beneficiarios.
Introducido en 2020 mediante un Real Decreto-ley, el IMV surgió en un contexto marcado por la crisis provocada por la pandemia. Posteriormente, en diciembre de 2021, se consolidó dentro de la Ley 19/2021, que establece formalmente esta prestación.
De acuerdo con las estadísticas del Instituto Nacional de la Seguridad Social, aproximadamente 2.050.000 personas se benefician del IMV, distribuidas en cerca de 674.000 hogares.
Requisitos para ser beneficiario del IMV
El acceso al IMV puede realizarse de manera individual o como parte de una unidad de convivencia. Las unidades de convivencia están compuestas por personas que residen juntas y mantienen vínculos familiares, ya sea por matrimonio, pareja de hecho o consanguinidad hasta el segundo grado. También se incluyen aquellos que conviven por razones de guarda con fines de adopción o acogimiento familiar permanente.
Aparte de los criterios económicos que se detallarán más adelante, los solicitantes deben cumplir ciertos requisitos que varían según si la solicitud es individual o a través de una unidad de convivencia.
- Las personas individuales elegibles para el IMV deben tener al menos 23 años y no formar parte de una unidad de convivencia ni estar casadas o en pareja (salvo si están en proceso de separación). Existen excepciones para mujeres víctimas de violencia de género y menores emancipados provenientes de centros protectores.
- Los solicitantes que actúen en nombre de una unidad de convivencia deben tener al menos 23 años. También pueden solicitarlo mayores emancipados con hijos a su cargo. La solicitud debe ser firmada por todos los adultos integrantes, quien representará a la unidad ante las gestiones relacionadas con el IMV.
Cantidad del IMV para 2025
La cuantía del Ingreso Mínimo Vital se determina como la diferencia entre la renta garantizada, establecida legalmente, y otros ingresos que pueda tener el beneficiario. Así, solo se puede acceder al IMV si los ingresos son inferiores a este umbral económico.
En 2025, la renta garantizada ha aumentado un 9%, quedando así:
- Para un beneficiario individual: 7.905,72 euros anuales (658,81 euros mensuales).
- Para unidades de convivencia: incrementos del 30% por cada miembro adicional hasta cinco miembros; después, el límite es del 220% respecto a la renta individual.
Aparte de estos límites, existen complementos adicionales que pueden aumentar la cantidad percibida:
- Un complemento del 22% para unidades monoparentales y otro igual si algún miembro tiene un grado de discapacidad igual o superior al 65%.
- Un Complemento Mensual para cada menor miembro según su edad: 115 euros para menores de tres años; 80,50 euros para niños entre tres y seis años; y 57,50 euros para quienes tengan entre seis y dieciocho años.
Cambios en las circunstancias personales y actualización del IMV
Sí. Cualquier cambio en las circunstancias personales del titular o miembros puede modificar la cuantía del IMV. Estas modificaciones tendrán efecto desde el primer día del mes siguiente al hecho que causó el cambio.
Anualmente, el importe se actualizará automáticamente cada 1 de enero basándose en los ingresos reales del año anterior.
Métodos para solicitar el Ingreso Mínimo Vital
La solicitud puede realizarse a través de:
- Internet con certificado electrónico o Cl@ve mediante la Sede Electrónica.
- Sitio web sin certificado utilizando un formulario habilitado. Se requerirá documentación como fotografía e email.
- Puntos presenciales en los Centros CAISS.
A lo largo del proceso será necesario presentar documentos que acrediten identidad, residencia y situación económica. Más información sobre estos requisitos está disponible en el portal oficial.
Nueva línea telefónica para consultas sobre el IMV
A partir del 4 de noviembre del 2024 estará disponible el número corto 020, destinado a consultas sobre el Ingreso Mínimo Vital. Esta línea gratuita complementará al actual número informativo 900 20 22 22, ofreciendo asesoramiento personalizado sobre requisitos y trámites necesarios para acceder a esta prestación esencial.
La noticia en cifras
Descripción |
Cantidad Anual |
Cantidad Mensual |
Renta garantizada para un beneficiario individual |
7.905,72 € |
658,81 € |
Renta garantizada para una unidad de convivencia (5 miembros o más) |
17.392,68 € |
1.449,39 € |
Complemento por monoparentalidad (adicional) |
22% de la renta garantizada individual |
No especificado |
Ayuda para menores de 3 años (complemento mensual) |
No especificado |
115 € |
Ayuda para menores entre 3 y 6 años (complemento mensual) |
No especificado |
80,50 € |
Ayuda para menores entre 6 y 18 años (complemento mensual) |
No especificado |
57,50 € |
Preguntas sobre la noticia
¿Quiénes pueden ser beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital?
Se puede acceder al IMV de forma individual o como miembro de una unidad de convivencia. Las unidades de convivencia están formadas por personas que residan en el mismo domicilio y estén unidas por vínculo matrimonial, pareja de hecho, o vínculo de hasta segundo grado de consanguinidad, afinidad o adopción.
¿Cuál es la cuantía del IMV en el año 2025?
La cuantía del Ingreso Mínimo Vital es la diferencia entre la renta garantizada, fijada por ley, y otros ingresos que los beneficiarios puedan tener. En 2025, la renta garantizada para un beneficiario individual es de 7.905,72 euros al año, y para una unidad de convivencia con 5 miembros o más es de 17.392,68 euros anuales.
¿La cuantía del IMV se actualiza con el cambio de las circunstancias personales?
Sí. El cambio en las circunstancias personales puede resultar en la modificación de la cuantía de la prestación. La modificación puede realizarse a lo largo del año y tendrá efectos a partir del primer día del mes siguiente al hecho que causó dicha modificación.
¿Cómo solicitar el Ingreso Mínimo Vital?
Puede solicitarlo por internet con certificado electrónico o Cl@ve a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social, o sin certificado mediante un formulario habilitado. También se puede solicitar presencialmente en los Centros de Atención e Información (CAISS) de la Seguridad Social.
Nuevo teléfono para consultas
Desde el 4 de noviembre del 2024 está disponible el teléfono corto 020 para informarse sobre el Ingreso Mínimo Vital, además del número actual 900 20 22 22.